Ciudad de México.- Por unanimidad el Senado de la República aprobó las reformas para garantizar la paridad de género en cargos públicos de los tres órdenes de gobierno.
La reforma avalada con 120 votos garantiza el derecho de las mujeres a participar en todos los espacios políticos en condiciones de igualdad con los hombres.
Incluye el mismo esquema para los estados, así como para la integración de los ayuntamientos; es decir, paridad en los tres poderes de todas las entidades federativas y los municipios.
Se establece que la Suprema Corte de Justicia estará integrada por ministras y ministros. La conformación de los órganos jurisdiccionales se realizará mediante concursos abiertos, con igual número de mujeres que de hombres, en los procesos para esos efectos.
En los artículos transitorios señala que las legislaturas de las entidades federativas deberán realizar reformas en su legislación para garantizar los procedimientos de elección, designación y nombramiento de sus autoridades, bajo el principio de paridad.
De la misma manera, la paridad de género se aplicará para los partidos políticos, órganos autónomos y en cualquier entidad, órgano u organismo que ejerza funciones de autoridad en el ámbito de la Federación, las entidades federativas, municipios y alcaldías de la Ciudad de México.
Sus autoridades deberán ser electas, nombradas o designadas, según corresponda, respetando el principio de paridad de género.
La modificación constitucional también incluye dicho principio en la elección de representantes ante los ayuntamientos en los municipios con población indígena.
El presidente de la Mesa Directiva, Martí Batres Guadarrama, destacó que la reforma se alcanzó con un acuerdo histórico que se construyó con la pluralidad de las fuerzas políticas que conforman el Senado de la República.
La reforma, asentó el senador, incorpora el principio constitucional de paridad de género como eje rector para la integración de todos los órganos del Estado mexicano.
Adicionalmente, para la postulación de sus candidaturas, se obliga a los partidos políticos a observar este precepto constitucional en las candidaturas al Poder Legislativo Federal y a los demás cargos de elección popular.
En tanto, el artículo 94 mandata que la ley que regule la organización y funcionamiento del Poder Judicial de la Federación incorpore la paridad de género para la integración de los órganos jurisdiccionales federales.