INE ordena retirar acusación de «narcopartido» a Morena de parte de Xóchitl Gálvez en debate

MORENA denunció a Xóchitl Gálvez por las expresiones realizadas durante el Segundo Debate, y su posterior difusión en sus redes sociales.

Ciudad de México.- La Comisión de Quejas y Denuncias del Instituto Nacional Electoral (INE) resolvió cuatro medidas cautelares por presunta calumnia y difusión de propaganda en periodo prohibido, respectivamente, en el marco del Proceso Electoral Federal y local de Jalisco 2023-2024.

Dijo que manifestaciones de candidata en Segundo Debate Presidencial, preliminarmente, podrían configurar calumnia contra Morena.

MORENA denunció a Bertha Xóchitl Gálvez Ruiz por las expresiones realizadas durante el Segundo Debate Presidencial, y su posterior difusión en sus redes sociales Facebook y X, así como en un medio de comunicación, y en el perfil de quien se identifica como una sociedad civil, pues a decir del quejoso, las mismas podrían configurar calumnia en su contra.

La Comisión resolvió que es procedente la adopción de las medidas cautelares solicitadas por el denunciante, porque, de un análisis preliminar, se consideró que la palabra “narco partido” podría constituir la imputación de un hecho o delito falso con impacto en el Proceso Electoral Federal que actualmente se desarrolla.

Que lo borren.

Por lo anterior, se ordenó a la Secretaría Ejecutiva del Instituto Nacional Electoral, realice las acciones necesarias para suprimir las frases denunciadas de la versión estenográfica alojada en la página Central Electoral, de cualquier otra página administrada por el Instituto, y de todas las interpretaciones en lenguas: español, náhuatl, maya, tsotsil y de Señas Mexicana.

Respecto de las publicaciones en las redes sociales Facebook y X de la candidata denunciada, ésta deberá realizar las acciones necesarias para eliminar o modificar el material denunciado, así como de cualquier otra plataforma bajo su dominio, control o administración en que se haya difundido dicho contenido.

En cuanto a las publicaciones en el medio de comunicación y en el perfil de quien se identifica como una sociedad civil, se determinó la improcedencia al estar amparadas por la libertad de expresión, y respecto de la biblioteca de anuncios de Facebook, porque es materialmente imposible su retiro, ya que Meta Platforms, Inc., indicó que los anuncios se archivan y son visibles en este apartado por un período de siete años, independientemente de si dichos anuncios están activos o inactivos.

Por otro lado, se negaron las medidas cautelares en su vertiente de tutela preventiva al tratarse de hechos futuros de realización incierta.

Xóchitl deberá eliminar o modificar publicación.

MORENA denunció a Bertha Xóchitl Gálvez Ruiz y a los partidos integrantes de la coalición “Fuerza y Corazón por México”, por la publicación de un video en la red social X en el que, a decir del quejoso, su contenido podría constituir propaganda calumniosa en contra de Claudia Sheinbaum Pardo.

La Comisión resolvió que es procedente el dictado de medidas cautelares, toda vez que, de un análisis preliminar al audiovisual denunciado, el uso de las palabras crimen organizado y robo, en principio, podrían constituir la imputación de un hecho o delito falso con impacto en el actual Proceso Electoral Federal; por lo que la denunciada deberá realizar las acciones necesarias para eliminar o modificar el material alojado en la red social X, así como de cualquier otra plataforma bajo su dominio, control o administración en que se haya difundido dicho contenido.

Se consideró oportuno hacer un recordatorio a la denunciada, en el sentido de que se abstenga de compartir contenidos con el uso de palabras que pudieran constituir calumnia.

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