‘IMSS no se manda solo, cambios a la modalidad 40 deben pasar por el Congreso’: Monreal le dice al Seguro

Este miércoles, Consejo Técnico del Seguro Social (IMSS) decidió modificar, de manera temporal, las condiciones de la llamada Modalidad 40,

Ciudad de México- Luego del decreto de este día en el Diario Oficial de la Federación (DOF) del Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) para modificar, de manera temporal, las Modalidad 40, el presidente de la Junta de Coordinación Política (Jucopo) de la Cámara de Diputados, Ricardo Monreal, afirmó que cualquier cambio debe pasar por el Congreso de la Unión.

El diputado morenista resaltó que, aunque ve con simpatía cualquier cambio, es necesario un sustento legislativo.

«Cualquier caso de modificación constitucional o legal tiene que haber necesariamente una modificación, o legal o constitucional, del Congreso. De lo contrario se estaría incumpliendo una norma».

«Aunque estemos de acuerdo, aunque vemos con simpatía la propuesta de la negociación, sí tiene que necesariamente de pasar por el Congreso», detalló.

Este miércoles, Consejo Técnico del Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) decidió modificar, de manera temporal, las condiciones de la llamada Modalidad 40, uno de los mecanismos más utilizados por los trabajadores para mejorar el monto de su pensión antes de retirarse de la vida laboral.

De acuerdo con el acuerdo publicado este 21 de octubre en el DOF, el Consejo Técnico del Instituto aprobó una serie de medidas temporales sobre la Continuación Voluntaria en el Régimen Obligatorio del Seguro Social, nombre oficial de la Modalidad 40.

Uno de los cambios más importantes es que las personas que concluyan el periodo contratado de su aseguramiento, así como aquellas que deseen conservar sus derechos pensionarios podrán incorporarse a esta modalidad tomando como referencia el último salario base de cotización que tenían registrado cuando dejaron de trabajar formalmente.

A ese salario podrán agregar como máximo una Unidad de Medida y Actualización (UMA), siempre que el monto utilizado para cotizar no sea inferior al salario mínimo general vigente para el resto del país.

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