Culiacán, Sinaloa.- Un juez federal le negó el amparo promovido por el ex secretario de Administración y Finanzas, Armando Villareal Ibarra, quien está acusado del desvío millonario de recursos públicos.
De acuerdo a fuentes cercanas del caso que hoy es llevado ante las autoridades judiciales, por la acusación que pesa contra el ex funcionario, esta resolución fue el pasado 30 de septiembre pasado.
Se trata del juez tercero de Distrito, quien le negó la protección de la justicia federal y resolvió que “los alegatos no forman parte de la Litis en el juicio de amparo”.
Villareal Ibarra es acusado del desvío de 293.4 millones de pesos de recursos federales, por lo que la Fiscalía logró el 2 de abril pasado que fuera vinculado a proceso por los delitos de desempeño irregular de la función pública y ejercicio indebido del servicio público.
El ex funcionario es parte de los servidores públicos que han sido llevados a los tribunales judiciales para ser juzgados por el supuesto uso indebido de recursos públicos durante la administración del entonces gobernador Mario López Valdez.
Se espera que el equipo de abogados del caso presenten una solicitud de revisión de la resolución dada por el Juez Tercero de Distrito ante una autoridad superior.
El ex servidor se amparó desde mayo pasado contra la vinculación a proceso dictado por un juez estatal en el expediente 880/2019.
Durante el proceso que se le siguió a Villarreal este pagó una garantía de 500 mil pesos, además acudir cada 15 días a firmar y le prohibió salir del estado.
De acuerdo con la Fiscalía General durante el último semestre de 2016 se realizaron 112 trasferencias bancarias de cuentas con recursos federales a cuentas de recursos estatales.
La negativa.
Fue el pasado 16 de julio de este año cuando se llevó a cabo la llamada audiencia constitucional dentro del amparo 392/2019/I y vencido el plazo, el 30 de septiembre pasado le negó el amparo promovido.
La defensa del ex funcionario de primer nivel argumentó que se violaron los artículos
1, 14, 16, 17, 19, 20, 21, 102 y 133 de la Constitución Política de México.