Ciudad de México.- Atención contribuyentes. Si desear hacer deducibles los honorarios médicos ante el Servicio de Administración Tributaria (SAT), ahora deberán hacerlo por vía electrónica, ya sea por tarjeta o transferencia, esto luego de la reforma fiscal a la Ley del ISR.
Mediante esta reforma se estableció que para que los contribuyentes puedan hacer deducibles los pagos de honorarios médicos, deberán realizar el pago a través de un medio electrónico.
Así que si lo que buscas es deducir y tú médico no acepta pagos en electrónico, pues lo mejor es acudir con un experto que sí permita el pago electrónico.
Y es que cuando un contribuyente paga un servicio médico en efectivo, el especialista no podrá declarar ese ingreso ante el organismo fiscal y por ello no pagará el impuesto correspondiente.
Hay que recordar que los pagos por servicios profesionales, de nutrición y psicología, prestados por personas físicas son deducciones personales aplicables en la declaración anual.
De acuerdo con el Artículo 151 de la Ley del ISR del SAT, el poder realizar deducciones personales conduce a efectuar gastos que benefician a los contribuyentes, pues esta medida lleva al beneficio de las familias mexicanas ya que al momento de realizar un gasto con este tipo de especialistas podrán deducir los servicios otorgados.
Los especialistas que entran en este ramo son nutriólogos, dentistas o psicólogos.

































