Culiacán, Sinaloa.- El Gobierno del Estado de Sinaloa acaba de publicar un decreto mediante el cual se establecen los todos los criterios para ayudar económicamente a aquel dueño o dueña de los vehículos o camiones que perdieron su patrimonio el día del Culiacanazo, en alguna parte del estado.
Mediante este documento que está por entrar en vigor, se establecen todas las clausulas que deberán cumplir los legales propietarios de las unidades a fin de apoyarlos económicamente y con la intención de que no pierdan su patrimonio, sobre todo a quienes se los quemaron.
Las autoridades calcularon que fueron un total de 250 carros los afectados, sin embargo, no todas las unidades fueron afectadas por completo, como la quema de ellos. En este decreto firmado por el gobernador Rubén Rocha Moya y el secretario de Administración y Finanzas, Enrique Alfonso Díaz Vega se finca el método para acceder y se fijan los montos económicos máximos por unidad. Toma nota de todo para que puedas reclamar este beneficio que dará el Gobierno del Sinaloa.
Se puso a disposición de la sociedad las Oficinas de Gobernabilidad Democrática ubicadas en el Segundo Piso de la Unidad Administrativa sobre Lázaro Cárdenas. Teléfono 667 758 7000 extensión 2503.
1.- OB3ETO.
Otorgar apoyos económicos a personas fisicas propietarias de vehículos particulares afectados por los hechos violentos ocurridos el día jueves 5 de enero de 2023.
2.- LINEAMIENTOS.
2.1. COBERTURA.
El presente programa contará con cobertura a nivel estatal.
2.2. POBLACIÓN OBJETIVO.
Personas físicas propietarias de vehículos particulares que hayan sido afectados por los hechos violentos ocurridos el día jueves 5 de enero de 2023.
2.3 .INSTANCIAS EJECUTORAS.
La Secretaría General de Gobierno, por conducto de la Dirección de Gobernabilidad Democrática, en coordinación con la Comisión de Víctimas, será la encargada de realizar las acciones para el cumplimiento del presente programa.
2.4 TIPO DE APOYO.
Económico, se apoyará con el pago del 80% del valor del vehículo que se desprenda de la Guía EBC, Libro Azul, vigente al mes de enero de 2023, hasta por la cantidad de $200,000.00 (son doscientos mil pesos 00/100 M.N.).
2.5. CRITERIOS DE ELEGIBILIDAD.
Para ser beneficiarios se requiere:
I. Ser personas físicas propietarias de vehículos particulares considerados como pérdida total, a consecuencia de los hechos violentos ocurridos el día 05 de enero de 2023.
II. Encontrarse al corriente del pago de contribuciones vehiculares, al día 05 de enero de 2023 (tarjeta de circulación y placas).
III. No contar con póliza de seguro vigente que ampare el robo y/o pérdida total respecto del vehículo particular afectado.
IV. Limitarse a registrar solamente un vehículo por persona física afectada.
V. Haber presentado la denuncia correspondiente ante la Fiscalía General del Estado de Sinaloa.
Quienes cumplan con los criterios anteriormente señalados deberán entregar los siguientes documentos:
1. Solicitud de apoyo.
2. Copia certificada de la Denuncia de Hechos presentada ante la Fiscalía General del Estado de Sinaloa.
3. Original y/o copia certificada del documento que acredite la propiedad del vehículo.
4. Escrito en el que manifieste, bajo protesta de decir verdad, que la unidad no cuenta con seguro que ampare el robo y/o pérdida total.
5. Copia del recibo de pago correspondiente a la tarjeta de circulación del año 2022 o bien, documento que ampare que se encuentra al corriente de dicha contribución al día 5 de enero de 2023.
6. Original y copia de identificación oficial vigente (INE, Pasaporte o Cédula Profesional).
7. Original y copia de comprobante de domicilio no mayor a 3 meses (recibo de Iuz o agua).
2.6. DERECHOS Y OBLIGACIONES DE LOS BENEFICIARIOS.
2.6.1. DERECHOS
Las personas que resulten beneficiarias del presente programa, tendrán derecho por parte de las Instancias Ejecutoras a:
I. Obtener la información necesaria, de manera clara y oportuna, para participar en el programa.
II. Recibir el apoyo correspondiente una vez que hayan cumplido los requisitos estipulados en las presentes Reglas de Operación.
III. Mantener reservada y privada su información personal.
2.6.2. OBLIGACIONES
Las personas que resulten beneficiarias del presente programa deberán:
I. Proporcionar, bajo protesta decir verdad, la información que se les requiera de acuerdo a las presentes Reglas de Operación.
II. Mantener una actitud de respeto hacia las instancias ejecutoras.
3.- MECÁNICA OPERATIVA
Las Instancias Ejecutoras deben realizar las actividades relacionadas con la operación y administración del PROGRAMA. La mecánica operativa consistirá en:
3.1. CONVOCATORIA
La convocatoria al presente programa queda abierta a partir de la publicación de las Reglas de Operación en el Periódico Oficial “El Estado de Sinaloa”, y se mantendrá vigente hasta el día 20 de enero de 2023.
Se recibirá Ta documentación de las solicitudes en la siguiente ventanilla receptora:
• Dirección de Gobernabilidad Democrática de la Secretaría General de Gobierno, ubicada en Avenida Insurgentes S/N, segundo piso, colonia Centro Sinaloa, Código Postal 80129, Culiacán, Sinaloa.
La ventanilla receptora estará abierta de lunes a viernes en horario de 8:00 a 15:00 horas.
3.2. RECEPCIÓN DE SOLICITUDES
La Dirección de Gobernabilidad Democrática, a través de la ventanilla receptora, realizará las siguientes acciones:
1. Apoyo en el llenado de la solicitud.
2. Recepción y revisión de la documentación requerida en las presentes Reglas de Operación.
3. Integración del expediente del solicitante y emisión del folio en el documento que avala su recepción.
4. Elaboración de un padrón de solicitantes que contenga los datos de contacto para notificar cualquier información.
3.3. PROCESO INTERNO
Para determinar la procedencia de las solicitudes recibidas, la Dirección de Gobernabilidad Democrática en coordinación con la Comisión de Víctimas, llevarán a cabo lo siguiente:
I. Valoración de la documentación correspondiente para determinar su procedencia.
II. En caso de estimar que dicha solicitud cumple con lo establecido en el programa, las instancias ejecutoras se coordinarán con la Secretaría de Administración y Finanzas para la elaboración del pago respectivo.
III. Para el pago del beneficio, el solicitante deberá presentar la baja del vehículo particular.
3.4. COORDINACIÓNINSTITUCIONAL.
Las instancias ejecutoras podrán establecer y formalizar acciones de coordinación y cualquier forma de cooperación con los tres órdenes de gobierno, con el propósito de optimizar la operación y facilitar el cumplimiento de tos objetivos del presente programa.
4. CONTROL Y EVALUACIÓN.
Considerando los recursos que el Gobierno del Estado de Sinaloa otorgará a este programa, su ejercicio podrá ser revisado por la Secretaría de Administración y Finanzas y ser auditados conforme a Ta legislación vigente y en el ámbito de sus respectivas competencias por la Secretaría de Transparencia y Rendición de Cuentas y la Auditoría Superior del Estado de Sinaloa.
5. RESGUARDO DE LA DOCUME TACIÓN ‹PROBATORIA.
La Dirección de Gobernabilidad Democrática resguardará los expedientes de las personas beneficiarias, con motivo del apoyo otorgado. Dicha información estará disponible para los ejercicios de auditoría y control que dispongan las entidades competentes.