Los candidatos y el «Puro Sinaloa»

    La noche de este domingo, alrededor de las 22:30 horas, el Tribunal Electoral, por mayoría de votos en Sesión Pública de Resolución, resolvieron el procedimiento sancionador especial TESIN-PSE-13/2021, interpuesto por el Partido Morena y el Partido Sinaloense por el uso indebido de recursos en contra de diversos candidatos postulados por la coalición “Va por Sinaloa” y secretarios del Estado de Sinaloa.

    Con una votación de tres a favor y dos en contra, se dictó sentencia por parte de los magistrados contra los arriba mencionados por encontrar existencia de infracciones a la Constitución Federal y a la normatividad electoral de Sinaloa, por parte de Mario Zamora Gastélum, candidato a la gubernatura del estado de Sinaloa; Héctor Orrantia Coppel y Bernardino Antelo Esper, estos candidatos a los Distritos Locales 15 y 3, todos postulados por la coalición “Va por Sinaloa”, integrada por PRI, PAN y PRD.

    En el juicio, los magistrados encontraron los elementos suficientes para determinar que dichos   candidatos de la coalición “Va por Sinaloa” utilizaron de manera ilegal, en diversos actos de campaña y propaganda electoral, el logo y la frase “Puro Sinaloa”, que es una marca registrada ante el Instituto Mexicano de la Propiedad Industrial.

    Los magistrados señalaron que esta frase es utilizada por el Gobierno del Estado para identificar sus logros y es comúnmente plasmado en la obra pública de mayor relevancia, tales como puentes, carreteras, estadios deportivos. No se debió usar por estos candidatos.

    Como se recordarán, el candidato a gobernador por Morena-PAS, Rubén Rocha Moya, en un mitin público, destacó que había intromisión del Gobierno del Estado con algunos funcionarios públicos que habían sido captados en actos de campaña en horas de oficina.

    En este orden de ideas, el TEESIN dio fe de lo presentado por el equipo jurídico de Morena-PAS y acreditó que Evelio Plata Inzunza, secretario de Pesca, José de Jesús Gálvez y Manuel Tarriba Urtuzuástegui, de Agricultura, tenían participación en eventos de campaña en beneficio al candidato.

    En esta sesión especial del TEESIN, los magistrados que votaron a favor de la sentencia, calificaron las conductas como una violación grave por la reiteración de los hechos en el uso de recursos de gobierno para obtener beneficio.

    En este orden de ideas, se impusieron las siguientes sanciones: a Mario Zamora Gastélum, una multa de 89 mil 620 pesos; para los candidatos Héctor Orrantia Coppel y Bernardino Antelo Esper, una multa de 35 mil 848 pesos.

    Respecto a los funcionarios de gobierno, se decidió enviar una copia certificada de la sentencia y del expediente a la Secretaría de Transparencia y Rendición de Cuentas de Gobierno del Estado, con la finalidad de que inicie el procedimiento administrativo de responsabilidades correspondiente.

    Además, se ordenó dar vista a la Fiscalía Especializada en Delitos Electorales de la Fiscalía General de la República y a la Fiscalía Especializada en la Atención de Delitos Electorales del Estado de Sinaloa a efecto de determinar la responsabilidad correspondiente de los denunciados mencionados con anterioridad.

    Ante este aspecto, el PRI emitió un comunicado la mañana de este domingo que transcribimos en este espacio:

    En relación a la sentencia del Tribunal Electoral del Estado de Sinaloa en el Procedimiento Especial Sancionador TESIN-PSE-09/2021, en el cual se tuvo por supuestamente acreditada la infracción a la normatividad electoral respecto de la publicación de boletines de campaña de Mario Zamora Gastélum y Guadalupe Iribe Gascón en el portal institucional del Gobierno del Estado de Sinaloa, creemos pertinente fijar la siguiente postura.

    De manera arbitraria, el Tribunal tuvo por acreditada en la sentencia la existencia de infracciones respecto de los dos candidatos y del PRI, sin que se haya demostrado de manera objetiva y sin ninguna duda que los mismos pudiesen tener participación en los hechos.

    A través del resolutivo se está aplicando a cada uno de los candidatos una multa por 50 unidades de medida y actualización $4,481.00 (cuatro mil cuatrocientos ochenta y un pesos 00/100 M.N.) y 100 unidades de medida y actualización $8,962.00 (ocho mil novecientos sesenta y dos pesos 00/100 M.N.) para el PRI.

    “Debemos decidir, actuar y ser silenciosos”, Benjamin Constant 

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