Tipificarán el ACOSO laboral como un delito en Sinaloa; impondrán cárcel como castigo

De forma unánime, la Comisión de Justicia del Congreso del Estado de Sinaloa aprobó tipificar como delito, conductas de acoso laboral.

Imagen ilustrativa.

Culiacán, Sinaloa.- De forma unánime, la Comisión de Justicia del Congreso del Estado de Sinaloa aprobó tipificar como delito, conductas de acoso laboral.

Esta Comisión dictaminadora aprobó tipificar el acoso laboral debido que dicha conducta resulta un problema social que afecta a las personas impidiendo su desarrollo, violentando el derecho a su integridad personal, física, psíquica y moral, así como a la seguridad personal, la dignidad, el derecho a la intimidad, al trabajo y al desarrollo en general.

¿Qué es?

Con esta adición al Código Penal para el Estado de Sinaloa, se establece que comete el delito de acoso laboral, quien en el entorno de trabajo o con motivos de éste, con independencia de la relación jerárquica de las personas involucradas, realice actos o comportamientos sistemáticos y persistentes en forma evidente, sutil o discreta, que atenten contra la salud, la integridad o la dignidad de las personas en sus lugares de trabajo.

A quien cometa este delito se le se impondrán de dos a cuatro años de prisión y de doscientos a cuatrocientos días de multa.

En reunión de trabajo virtual, la Comisión de Justicia aprobó adicionar el Capítulo I Bis, al Título Noveno, de la Sección Primera, del Libro Segundo para quedar “Acoso Laboral”, y el artículo 189 Bis, del Código Penal para el Estado de Sinaloa.

Emitido el presente Decreto, entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Periódico Oficial «El Estado de Sinaloa».

El dictamen aprobado pasará al Pleno para su lectura, discusión y votación. 

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