Anuncia el SAT que no cobrará impuestos a los afectados de Acapulco por Otis… hasta febrero

informó que además se pusieron en marcha diversas acciones que tienen como objetivo contribuir a la normalización de la actividad económica.

Ciudad de México.- Como apoyo a los afectados por el paso del huracán Otis en Acapulco, el Servicio de Administración Tributaria (SAT) reitera que, de octubre de 2023 a febrero de 2024, no se cobrarán impuestos a los contribuyentes cuyo domicilio fiscal, agencia, sucursal o establecimiento se encuentre dentro de los municipios de Acapulco de Juárez o Coyuca de Benítez, quedando exentos del impuesto al valor agregado (IVA), el impuesto sobre la renta (ISR) y otros.

Se informó que además se pusieron en marcha diversas acciones que tienen como objetivo contribuir a la normalización de la actividad económica en la entidad en el menor tiempo posible:

Deducción inmediata al 100% de las inversiones en activos nuevos o usados que se adquieran de octubre a diciembre de 2023.

Se suspende el cobro de adeudos fiscales a aquellos contribuyentes que estén pagando en parcialidades o a plazos y se reactivará hasta febrero de 2024, sin recargos ni multas.

Los donativos que reciban los afectados no pagarán impuestos y se establece atención prioritaria a las personas interesadas en constituir Donatarias Autorizadas para apoyar a la población afectada, así como facilidades para importar productos de primera necesidad.

Se dijo que, además, el 13 de noviembre se reanudó la atención a personas físicas en la oficina del SAT con sede en Acapulco, en un horario de 9:00 a 13:00 horas, la cual brinda más de 100 trámites al día.

De igual manera, para reactivar la planta productiva y preservar las fuentes de empleo, la autoridad tributaria otorga diversas facilidades a empleadores de Acapulco de Juárez y Coyuca de Benítez:

Inscripción de personal en el Registro Federal de Contribuyentes (RFC) de forma masiva y con mínimos requisitos.

Las personas físicas que soliciten datos en el RFC para el timbrado del Comprobante Fiscal Digital por Internet (CFDI) con complemento de nómina quedarán exentos de cumplir con el requisito, siempre y cuando hayan efectuado pagos en los últimos doce meses.

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