México.- El Gobierno de México, a través del Diario Oficial de la Federación, publicó el viernes el decreto para modificar los artículos 4° y 5° de la Constitución, para prohibir oficialmente el uso ilícito del fentanilo, así como la producción, comercialización y distribución de vapeadores.
Con el cambio decretado al artículo 4° constitucional, ahora será penado por la ley cualquier actividad vinculada a los vapeadores, mientras que el 5° prohíbe el ejercicio relacionado con estos productos, como la fabricación y venta en territorio mexicano.
El Congreso de la Unión tendrá 180 días, a partir de su publicación, para definir el marco jurídico, establecer multas o penas por consumir, distribuir o comercializar vapeadores y fentanilo.