Rechaza gobernador mala jugada en nombramientos de magistrados

Quirino Ordaz Coppel negó que la propuesta de terna enviada en 2017 para nombrar a nuevos magistrados del Tribunal de Justicia Administrativa, haya sido un error

Archivo.

Culiacán, Sinaloa.- El gobernador Quirino Ordaz Coppel negó que la propuesta de terna enviada por el Ejecutivo en 2017 para nombrar a nuevos magistrados del Tribunal de Justicia Administrativa, haya sido un error de su gobierno, aun cuando existía una solicitud de ratificación pendiente de Lucila Ayala de Moreschi, quien hoy ha ganado un amparo para su restitución.

Cuestionado por los diferentes medios de comunicación sobre esta definición jurídica, el funcionario insistió, sin abundar mucho, que su administración ha sido respetuosa de lo que marca la ley.

-“Ya ve que ella (Lucila) dice que usted puso a Ulloa”, le reviró una periodista en entrevista.

“Yo no pongo a nadie. Realmente soy… siempre apoyaré que se aplique la ley… (sic)”, dijo.

-¿Gobernador ustedes admiten que cometieron un error?, porque había una solicitud de ratificación que tenía el Congreso y que ustedes debieron estar enterados”, se le insistió.

“No, nosotros siempre hemos actuado conforme a derecho, somos los primero en buscar que se aplique la ley…”, continuó.

Entrevistado tras inaugurar las nuevas rampas de acceso en Palacio de Gobierno, el mandatario estatal reiteró que el caso está ahora en el Legislativo y evitó detallar a los cuestionamientos de los periodistas.

Congreso reprueba caso.

Recientemente, ante los micrófonos de ReflectoresMX, la presidenta de la Junta de Coordinación Política, Graciela Domínguez Nava afirmó que la violación a los derechos de la quejosa que confirman una sentencia, se trató de un acto arbitrario orquestado desde el Poder Ejecutivo y de la anterior Legislatura.

En suspenso.

En este día, el Congreso ha declarado un receso indefinido para abordar el tema del fallo de parte de un Tribunal Colegiado con sede en Mazatlán en favor de la abogada.

Hoy a las 23:59 horas se vence el plazo, de los tres días hábiles que le dio la autoridad jurisdiccional al Congreso local para cumplir con la sentencia ordenada por el Primer Tribunal Colegiado en Materia Administrativa del Décimo Segundo Circuito.

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